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LA REFORMA LABORAL APROBADA POR EL GOBIERNO
 

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LA REFORMA LABORAL APROBADA POR EL GOBIERNO

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El Gobierno ha despreciado el diálogo y la concertación social

 

El Gobierno abarata y facilita el despido

 

 

  Reduce la indemnización de 45 días por año con un limite de 42 mensualidades en el despido improcedente, a 33 días con un limite de  24 mensualidades en todos los contratos indefinidos, aunque el texto de  la reforma apuesta decididamente por un despido único de 20 días.

 Se modifican las causas de despido para evitar el control judicial.

  Elimina la autorización administrativa en los despidos colectivos, lo que va a afectar  gravemente a las posibilidades de alcanzar acuerdo con indemnizaciones superiores a los 20 días por año.

 

Se da más poder al empresario

 

El Gobierno a través de las medidas de flexibilidad interna pretende corregir la dualidad del mercado de trabajo colocando a todos los trabajadores en una situación más es protegida frente al poder discrecional del empresario:

  Amplía las posibilidades de movilidad geográfica.

  Facilita al empresario la posibilidad de modificar unilateralmente jornada, horario, salarios  y sistema de rendimiento, entre otras condiciones sustanciales de trabajo.

  Permite sin autorización administrativa suspender o reducir temporalmente la jornada de trabajo.

 

Permite el despido de los trabajadores laborales del Sector Público

 

La reforma laboral aprobada por el Gobierno incide, además, en la calidad de los servicios públicos y facilita el despido de los trabajadores y trabajadoras de las Administraciones Públicas:

 Se contempla por primera vez para los empleados con contrato de trabajo de la totalidad del sector público (art.3.1. de la Ley de contratos del sector público, RDLeg 3/2011) la aplicación del despido objetivo alegando causas de carácter económicas, técnicas y organizativas. 

 

  Sin embargo se imposibilita  la aplicación de reducción horaria o modificación de condiciones, dejando solo la posibilidad de la extinción de la relación laboral.

• Puestos de trabajo hasta ahora ocupados con contratos laborales podrán ser ocupados por desempleados perceptores de la prestación por desempleo.

 

No reduce las modalidades de contratación indefinida

 

Al contrario, se crea un nuevo contrato indefinido que podrán utilizar el 95% de las empresas;  un contrato de dudosa constitucionalidad.

• Este contrato  supone el despido libre, pues podrá extinguirse durante su primer año sin indemnización alguna por la simple voluntad del empresario.

• Además se empeoran las condiciones de otras dos modalidades de contratación:

• Contrato para la formación y el aprendizaje. Se desvincula de la formación del trabajador.

• El contrato a tiempo parcial se modifica para permitir la realización de horas   extraordinarias, lo que anima al fraude  en la concertación de  sus condiciones, y tiene efectos en las cotizaciones y  prestaciones sociales.

 

Afecta gravemente a la negociación colectiva

 

El Real Decreto aprobado por el Gobierno conduce a los trabajadores a la negociación individual de sus condiciones de trabajo:

• Contempla la inaplicación de los convenios a través del arbitraje obligatorio, pone fin a la ultraactividad de los convenios colectivos a los dos años de la terminación de su vigencia inicial; individualizando las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras.

• El convenio de empresa, sea cual sea el número de sus trabajadores, se sitúa sin excepción como preferente respecto al convenio sectorial.

 

Introduce diferencias en las posibilidades de empleo

 

Coloca en mejor situación a quienes perciben prestaciones por desempleo respecto de aquéllos que ya han agotado las mismas. Se hace posible compatibilizar la percepción de desempleo con trabajo y se contemplan incentivos fiscales por la contratación de perceptores de desempleo.

 

Se crean las condiciones para condenar definitivamente a  los jóvenes al desempleo y al infraempleo a través de “infrajobs”  por la vía de la contratación  a tiempo parcial y de un nuevo contrato  de aprendizaje desvinculado realmente  de la formación

 

“El 19 de febrero, las calles tienen que ser un clamor

contra la reforma laboral”

Manifestación en Murcia a las 11,30 desde Plaza de la Fuensanta
Autobuses desde CCOO Cartagena a las 10.

Última actualización el Martes, 14 de Febrero de 2012 09:32  

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